Regímenes económico-matrimoniales
-Abogados Faro de Málaga
La legislación estipula que las relaciones patrimoniales y económicas de un matrimonio deben regirse por un régimen económico matrimonial. Los propios esposos tienen la facultad de seleccionar el régimen económico que gobernará su matrimonio, ya sea antes de la ceremonia nupcial o incluso con posterioridad a la misma. Estos regímenes incluyen el de sociedad de gananciales y el de separación de bienes. El régimen económico conyugal será fijado a través de acuerdos matrimoniales, y en caso de no existir un pacto, se aplicará el régimen de comunidad de bienes gananciales.
Régimen de gananciales
Este régimen se basa en que los ingresos familiares obtenidos a partir del matrimonio se conviertan en propiedad común, asícomo las deudas.
La disolución del matrimonio suele acarrear la liquidación del patrimonio, repartiéndose en partes iguales, incluidas las deudas.
Régimen de separación de bienes
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